CONSIDERANDO

 

Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8o. fracción XLI, 151 y 152 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, adicionados mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de abril de 2018, es facultad de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, otorgar el Premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables y de organizarlo, por conducto de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, en coordinación y colaboración con el Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura, las Comisiones de Pesca de las Cámaras de Diputados y Senadores del H. Congreso de la Unión y demás instancias públicas y privadas que estime pertinente, para reconocer anualmente a personas físicas y morales, cuyo esfuerzo destaque en la realización de acciones trascendentales de innovación, impacto, mejora o buenas prácticas desarrolladas en la pesca o acuacultura sustentables;

 

Que la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, formuló invitación a Comunidad y Biodiversidad, A.C. (COBI), con base al amplio conocimiento que tiene en el sector pesquero y acuícola, a fin de que participe en la coordinación y colaboración en las acciones tendientes a la organización, ejecución y entrega del premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables, manifestando su interés mediante escrito dirigido al Titular de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca;

 

Que en consecuencia, para que la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, en coordinación y colaboración con el Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura, las Comisiones de Pesca de las Cámaras de Diputados y Senadores del H. Congreso de la Unión, y COBI, otorgue el premio, he tenido a bien emitir el siguiente:

 

ACUERDO POR EL QUE SE EMITE LA CONVOCATORIA PARA EL PREMIO A LA PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLES 2019

 

A las personas físicas y morales, cuyo esfuerzo destaque en la realización de acciones trascendentes, de innovación, impacto, mejora o buenas prácticas desarrolladas para la pesca o acuacultura sustentables, incluyendo el ordenamiento, conservación, protección, aprovechamiento y restauración de los ecosistemas acuáticos pesqueros y acuícolas, así como la generación e intercambio de conocimiento y la comercialización de productos sustentables, conforme a las siguientes:

 

BASES

 

1. CATEGORÍAS DE PARTICIPACIÓN Y APORTACIONES

 

Podrán participar mujeres y hombres de nacionalidad mexicana, organizaciones públicas y privadas constituidas en nuestro país, en las categorías siguientes:

 

1.1.    Acuacultura rural. Personas físicas y sociedades cooperativas que realizan programas y proyectos de acuacultura sustentable de pequeña escala, que aseguran la salud y sanidad de la especie, minimizan el impacto a las poblaciones y ecosistemas y/o aseguran la responsabilidad social, la salud, seguridad de los trabajadores y equidad de género, generando beneficios a nivel comunitario, regional y nacional, con prácticas más allá del cumplimiento de las obligaciones legales en materia acuícola correspondientes.

 

1.2.    Acuacultura comercial e industrial. Personas físicas y sociedades cooperativas que realizan programas y proyectos de acuacultura sustentable a gran escala, que aseguran la salud y sanidad de la especie, minimizan el impacto a las poblaciones y ecosistemas, aseguran la responsabilidad social, la salud, seguridad de los trabajadores y equidad de género y/o aplican innovación tecnológica, generando beneficios a nivel municipal, estatal, regional y/o nacional, con prácticas más allá del cumplimiento de las obligaciones legales en materia acuícola correspondientes.

 

1.3.    Pesca comercial de pequeña escala. Personas físicas y sociedades cooperativas que realizan programas y proyectos de pesca sustentable de pequeña escala, que aseguran la salud de las especies objetivo, minimizan el impacto al ecosistema, garantizan un sistema de manejo funcional y transparente, aseguran la responsabilidad social, salud, seguridad de los trabajadores y equidad de género y/o aplican innovación tecnológica, generando beneficios a nivel municipal, estatal, regional y/o nacional, con prácticas más allá del cumplimiento de las obligaciones jurídicas en materia pesquera correspondientes.

 

1.4.    Pesca comercial de gran escala. Personas físicas, sociedades cooperativas y empresas de producción pesquera a gran escala que realizan programas y proyectos de manejo sustentable de los recursos y ecosistemas, incluyendo prácticas que aseguran la salud de las especies objetivo, el menor impacto al ecosistema, un sistema de manejo funcional y transparente, aseguran la responsabilidad social, salud, seguridad de los trabajadores y equidad de género, aplican innovación tecnológica, generando impactos y beneficios a nivel municipal, estatal, regional y/o nacional, con prácticas más allá del cumplimiento de las obligaciones jurídicas en materia pesquera correspondientes.

 

1.5.    Investigación pesquera o acuícola. Personas físicas, centro de investigación y organizaciones de la sociedad civil, cuyas contribuciones a la ciencia hayan impulsado prácticas de pesca y acuacultura sustentables, incluyendo investigación básica o aplicada, que contribuyan a la recuperación de las especies objetivo y ecosistemas, sistemas de manejo funcional y transparente, responsabilidad social e innovación tecnológica. Se reconocerán esfuerzos sobresalientes a nivel municipal, estatal, regional y/o nacional.

 

2. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN DE LOS CANDIDATOS

 

2.1.    Las y los candidatos deberán ser postulados por una organización pública, privada o social relacionada con el sector pesquero y acuícola. No se aceptarán auto propuestas;

2.2.    En la postulación se deberá acreditar una trayectoria en el sector pesquero o acuícola mínima de tres años de la o el candidato en la categoría a participar;

2.3.    No podrán ser postulados como candidatos las y los servidores públicos del Congreso de la Unión, de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, sus órganos administrativos desconcentrados y organismos descentralizados sectorizados a la propia Secretaría;

2.4.    No procederán las postulaciones de quienes estén sujetos a procedimientos de responsabilidad administrativa y/o penal o con procedimientos ante la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente u otras instancias gubernamentales federales o locales; y

 

2.5.    No podrán participar quienes hayan recibido algún otro premio con el mismo trabajo otorgado por el Congreso de la Unión, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, sus órganos administrativos desconcentrados y organismos descentralizados sectorizados a la propia Secretaría.

 

 

3. REGISTRO Y ENVÍO Y/O ENTREGA DE DOCUMENTOS

 

3.1.     Registro. El registro será a través de los medios siguientes:

3.1.1.   Registro en línea. A través del correo electrónico de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca: pesca.acua@conapesca.gob.mx; se deberán llenar todos los campos con la información requerida. En dicho correo electrónico, el sistema proporcionará el número de folio correspondiente;

 

3.1.2.   Registro en domicilio físico. En las oficinas de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca de la Ciudad de México, ubicadas en Municipio Libre No. 377, Colonia Santa Cruz Atoyac, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03310, o en la Ciudad de Mazatlán, Sinaloa, ubicada en Avenida Camarón Sábalo No. 1210, Fraccionamiento Sábalo Country Club, Código Postal 82100.

3.1.3.   Registro vía correo certificado. En la oficina de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca de la Ciudad de México, ubicada en Municipio Libre No. 377, Colonia Santa Cruz Atoyac, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03310.

 

4. CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN

 

La información presentada por las y los candidatos y la que se genere durante el proceso de evaluación, será considerada como reservada, en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y sus correlativos de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y será utilizada, únicamente, para fines del proceso de evaluación y selección.

 

 

5. GANADORES DEL PREMIO

 

La persona física o moral ganadora del premio en cada una de las categorías, para ser acreedor al premio, deberá enviar los siguientes documentos:

 

5.1.    Personas físicas

5.1.1.   Identificación oficial vigente;

5.1.2.   Registro Federal de Contribuyentes (RFC);

5.1.3.   Clave Única del Registro de Población (CURP), y

5.1.4.   Clave Bancaria Estandarizada de 18 dígitos (CLABE).

5.2.    Personas morales

5.2.1.   Registro Federal de Contribuyentes (RFC);

5.2.2.   Acta constitutiva y última modificación, en su caso;

5.2.3.   Poder notarial del representante legal;

5.2.4.   Identificación oficial vigente del apoderado o representante legal;

5.2.5.   Recibo telefónico como comprobante de domicilio de la persona moral, no mayor a un mes. No se aceptan recibos de luz o predial;

5.2.6.   Clave Bancaria Estandarizada de 18 dígitos (CLABE), y

5.2.7.   En el caso de organizaciones de la sociedad civil presentar:

5.2.7.1.      Inscripción en el Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil.

 

6. JURADO CALIFICADOR

 

El Jurado Calificador del premio es independiente de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y de las instancias o instituciones organizadoras. Estará integrado por al menos 3 y máximo 5 expertos en la materia correspondiente a cada una de las categorías siguientes: I) Acuacultura rural y comercial e Industrial; II) Pesca comercial de pequeña y gran escala y III) de Investigación pesquera o acuícola, y sus nombres serán dados a conocer al momento de informar el nombre del premiado.

 

En caso de empate en la selección del ganador, el Jurado Calificador de las categorías correspondientes, por mayoría de votos, decidirá al ganador del premio.

 

7. EVALUACIÓN

 

El Jurado Calificador evaluará las aplicaciones con base en la documentación remitida y bajo un sistema de puntaje de uno a cinco con base en los siguientes criterios:

 

7.1.  Verificación del cumplimiento de requisitos;

7.2.  Contribución al estado de salud de la especie objetivo;

7.3.  Contribución a minimizar el impacto en el ecosistema y especies asociadas;

7.4.  Contribución a mejorar el sistema de manejo;

7.5.  Contribución a la responsabilidad social;

7.6.  Beneficios a niveles local, regional o nacional;

7.7.  Originalidad y creatividad del proyecto; e

7.8.  Integración de los diferentes sectores de la cadena de valor.

 

Será motivo de descalificación, aquellos casos en que se detecte que se ha falseado información y/o documentación presentada.

 

El fallo del Jurado Calificador será de carácter inapelable e irrevocable, se notificará al premiado y el resultado se hará del conocimiento público, a través de la página electrónica de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca https://www.gob.mx/conapesca.

El premio será único e indivisible y el Jurado Calificador otorgará un primer, un segundo y un tercer lugar a cada una de las categorías. Si fuera el caso, el Jurado Calificador podrá declarar desierto el premio si las o los candidatos no reúnen los méritos suficientes, en caso de que no haya participación en las categorías o no haya participación en ninguna de las categorías o así lo determine el propio jurado calificador. Cualquier caso no previsto en la presente convocatoria será resuelto por el Jurado Calificador.

 

8. PREMIOS

 

8.1.    La ganadora o ganador del primer lugar en cada categoría recibirá un reconocimiento y un estímulo económico de $100,000.00 (Cien mil pesos 00/100 M.N.).

8.2.    Los segundos y terceros lugares serán acreedores a un reconocimiento consistente en un diploma.

 

9. CEREMONIA DE PREMIACIÓN

 

9.1.    A las y los ganadores del premio se les notificará vía correo electrónico, los resultados se darán a conocer a través de la página de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca: https://www.gob.mx/conapesca; por el Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura: https://www.gob.mx/inapesca/ y por COBI: www.cobi.org.mx.

9.2.    El acto de premiación tendrá verificativo en la fecha y lugar que determine la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca en la Ciudad de México, los cuales se harán del conocimiento público a través de las páginas de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca:

 

https://www.gob.mx/conapesca; del Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura: https://www.gob.mx/inapesca/ y de COBI: www.cobi.org.mx.

 

10. INFORMES

 

Para aclaración de dudas y para obtener más información contactar en el correo electrónico: pesca.acua@conapesca.gob.mx y/o en los teléfonos de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca: (669) 915 6900 y (55) 3871 1000, extensiones 33524, 33535, 33528 y 59774, de lunes a viernes con un horario de 9:00 a 18:00 horas.

 

“Esta convocatoria es pública, ajena a cualquier partido político y no persigue lucro alguno. Se prohíbe su uso con fines distintos a los establecidos en esta convocatoria”.

 

TRANSITORIO

 

ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Ciudad de México, a 26 de septiembre de 2019.- El Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, Víctor Manuel Villalobos Arámbula.- Rúbrica.

 

Fuente: https://www.inforural.com.mx/acuerdo-por-el-que-se-emite-la-convocatoria-para-el-premio-a-la-pesca-y-acuacultura-sustentables-2019/